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Finiquito en el convenio de Confitería y pastelería (Madrid): qué incluye y cómo se calcula

En el convenio de Confitería y pastelería (Madrid), el finiquito suma los días trabajados del último mes, las vacaciones devengadas y no disfrutadas (30 días naturales al año) y la parte proporcional de las pagas extra (3 al año), menos los anticipos. No incluye la indemnización por despido, que se calcula aparte.

Cláusulas extraídas del texto oficial del convenio (BOCM-20250815-2) y comprobadas el .

Qué dice el convenio de Confitería y pastelería (Madrid) sobre el finiquito

  • Vacaciones: 30 días naturales (art. 17, BOCM-20250815-2). El convenio no regula la compensación al cesar: se aplica el art. 38 del Estatuto de los Trabajadores.
  • Pagas extraordinarias: 3 al año: Paga de Navidad (Navidad (diciembre; el texto dice solo "Navidad")); Paga de junio (junio); Paga de marzo (beneficios) (marzo). El convenio no fija el período de devengo de forma expresa: la calculadora usa uno por defecto y te lo indica.
  • Preaviso de baja voluntaria: no consta en el texto revisado.

Estas cláusulas son del convenio sectorial. Si tu empresa tiene convenio propio o pacta condiciones mejores, mandan las suyas.

Calcula tu finiquito con este convenio

Abre la calculadora con el convenio ya elegido: aplicará sus días de vacaciones.

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