Comunidad de Madrid · BOCM
Tabla salarial del convenio de Confitería y pastelería (Madrid) 2026: salarios por categoría
En 2026, el salario del convenio de Confitería y pastelería (Madrid) va desde 17.886,30 € brutos al año (PERSONAL DE APOYO) hasta 26.008,20 € (TÉCNICOS Y TITULADOS SUPERIORES) en 15 pagas, según sus 6 categorías. Datos de BOCM-20260228-2, publicado el 28 de febrero de 2026. No incluye antigüedad ni complementos personales.
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Salarios por categoría en 2026
Importes del convenio colectivo «Convenio Colectivo del Sector de Comercio e Industria de Confitería, Pastelería, Bollería, Repostería, Heladería y Platos Cocinados de la Comunidad de Madrid». Pulsa «Calcular neto» en tu categoría para abrir la calculadora con tu bruto ya puesto.
| Categoría | Mensual | Bruto anual | Pagas | Calcular |
|---|---|---|---|---|
| TÉCNICOS Y TITULADOS SUPERIORES | 1733,88 € | 26.008,20 € | 15 | |
| DIRECCIÓN, JEFES Y ENCARGADOS | 1427,89 € | 21.418,35 € | 15 | |
| PERSONAL ESPECIALISTA | 1376,91 € | 20.653,65 € | 15 | |
| PERSONAL CUALIFICADO | 1249,42 € | 18.741,30 € | 15 | |
| PERSONAL DE APOYO | 1192,42 € | 17.886,30 € | 15 | |
| PERSONAL DE AYUDA EN SERVICIOS AUXILIARES | 1192,42 € | 17.886,30 € | 15 |
Bruto anual: total anual de la tabla si lo indica; si no, salario base anual, o la mensualidad por el número de pagas.
Fuente: BOCM-20260228-2 · Tablas salariales desde 01/01/2026 hasta 31/12/2026 del Acta de la Comisión Negociadora (BOCM-20260228-2), incremento del 2,9 % (art. 10 del convenio).
Verificación: La cabecera del PDF está repartida en varias líneas («MENSUAL (15 PAGAS) 2026 (€)» / «ANUAL 2026 (€)») y se ha curado a mano.
Qué puedes calcular con este convenio
- Calcula el neto de tu categoríaDel bruto del convenio al neto mensual, con Seguridad Social e IRPF.
- Finiquito si dejas Confitería y pastelería (Madrid)Días, vacaciones y pagas extra pendientes al terminar el contrato.
- Indemnización si te despiden33, 20 o 12 días por año según el tipo de extinción.
- Plazo de 20 días hábiles para reclamarÚltimo día para impugnar un despido, con tus festivos.
Qué no entra en esta tabla
- Antigüedad y complementos personales que no figuren en la tabla.
- Horas extra, nocturnidad, festivos y otros pluses variables.
- Mejoras voluntarias o pactos de tu empresa, que pueden superar el convenio.
- La reducción proporcional si trabajas a jornada parcial.
- Cualquier artículo del convenio que no sea la tabla: consúltalo en el boletín enlazado.
Preguntas frecuentes sobre el convenio de Confitería y pastelería (Madrid)
¿Cuál es el salario mínimo del convenio de Confitería y pastelería (Madrid) en 2026?
Según BOCM-20260228-2, la categoría con menor importe es PERSONAL DE APOYO, con 17.886,30 € brutos al año. Está por encima del SMI de 17.094,00 € anuales, por lo que a jornada completa el convenio es el suelo que te corresponde.
¿Cuánto cobra la categoría mejor pagada del convenio de Confitería y pastelería (Madrid)?
En 2026, la categoría con mayor importe es TÉCNICOS Y TITULADOS SUPERIORES, con 26.008,20 € brutos al año según BOCM-20260228-2. Es el importe de la tabla del convenio: no incluye antigüedad, pluses personales ni mejoras que pacte tu empresa.
¿Cuántas pagas tiene el convenio de Confitería y pastelería (Madrid)?
La tabla publicada del convenio de Confitería y pastelería (Madrid) se expresa en 15 pagas al año. Si cobras las extras prorrateadas, la mensualidad es menor o mayor según cómo se reparta, pero el importe anual es el mismo.
¿Qué no incluye esta tabla salarial?
Solo recoge los importes que publica el convenio. No incluye antigüedad, complementos personales o de puesto no recogidos en la tabla, horas extra, mejoras voluntarias de tu empresa ni la reducción por jornada parcial. Tu nómina puede ser mayor, pero nunca debería estar por debajo de lo que fija el convenio para tu categoría.
¿De dónde salen los datos del convenio de Confitería y pastelería (Madrid)?
De BOCM-20260228-2, publicado el 28 de febrero de 2026: Tablas salariales desde 01/01/2026 hasta 31/12/2026 del Acta de la Comisión Negociadora (BOCM-20260228-2), incremento del 2,9 % (art. 10 del convenio). Cada importe se valida antes de publicarse: la aritmética, que no baje del SMI y que sea la versión vigente. Puedes comprobarlo en el enlace al boletín oficial que figura en esta página.
¿Cómo calculo mi sueldo neto con este convenio?
Elige tu categoría en la tabla y pulsa «Calcular neto»: la calculadora se abre con tu salario bruto anual ya puesto, y añades tu situación personal para obtener el neto mensual con cotizaciones y retención de IRPF. El cálculo se hace en tu navegador y no enviamos tus datos.
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Consulta cómo validamos cada cifra y las fuentes oficiales. Cálculo orientativo: no sustituye el asesoramiento de un abogado laboralista o graduado social. Revisión: .