Sueldo de A (grupo II. Mandos y Técnicos Especializados.) en el convenio de Establecimientos financieros de crédito en 2025
En 2025, el salario bruto de A (grupo II. Mandos y Técnicos Especializados.) en el convenio de Establecimientos financieros de crédito es de 34.991,20 € al año, según BOE-A-2026-3452, publicado el 14 de febrero de 2026. El neto orientativo es de 1885,27 € al mes en 14 pagas o de 2199,48 € en 12 pagas, para una persona soltera sin hijos.
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Bruto y neto de A en 2025
| Bruto anual | 34.991,20 € |
|---|---|
| Neto mensual orientativo en 12 pagas | 2199,48 € |
| Neto mensual orientativo en 14 pagas | 1885,27 € |
| Neto anual orientativo | 26.393,74 € |
| Puesto por salario en el convenio | 4 de 9 |
Neto de una persona soltera sin hijos, grupo de cotización 5 y parámetros de 2026. El tuyo depende de tu situación personal.
Fuente: BOE-A-2026-3452 · Artículo 21. Tablas salariales (BOE-A-2026-3452).
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Qué no incluye este importe
- Antigüedad y complementos personales no recogidos en la tabla.
- Horas extra, nocturnidad, festivos y otros pluses variables.
- Mejoras voluntarias o pactos de tu empresa.
- La reducción proporcional si trabajas a jornada parcial.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto cobra A (grupo II. Mandos y Técnicos Especializados.) en el convenio de Establecimientos financieros de crédito en 2025?
34.991,20 € brutos al año según la tabla de BOE-A-2026-3452. Es el importe del convenio: no incluye antigüedad, pluses personales ni mejoras de tu empresa, que pueden hacer que tu nómina sea mayor.
¿Cuál es el sueldo neto de A?
Con un bruto de 34.991,20 €, el neto orientativo es de 2199,48 € al mes en 12 pagas o 1885,27 € en 14, con una retención de IRPF del 18,07 %. Depende de tu situación familiar: calcula el tuyo con la calculadora.
¿Está A por encima del salario mínimo?
Sí. El salario mínimo interprofesional de 2026 es de 17.094,00 € anuales a jornada completa y esta categoría lo supera en 17.897,20 €.
¿Cuánto ha subido el sueldo de A respecto al año anterior?
No tenemos una tabla de 2024 publicada y verificada para este convenio, así que no calculamos la variación.
¿De dónde sale este dato?
Del BOE-A-2026-3452: Artículo 21. Tablas salariales (BOE-A-2026-3452). Cada importe se valida antes de publicarse: aritmética, SMI y vigencia. Puedes comprobarlo en el boletín oficial enlazado en esta página.
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Cálculo orientativo: no sustituye el asesoramiento de un abogado laboralista o graduado social. Más sobre cómo validamos cada cifra. Revisión: .